Requisitos de acceso
Acceso
Para acceder a las enseñanzas oficiales de Doctorado será necesario cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario, o equivalente, siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas.
- Estar en posesión de títulos universitarios oficiales españoles o títulos españoles equivalentes siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas enseñanzas y acreditar un nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.
- Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros pertenecientes al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), sin necesidad de su homologación, que acredite un nivel 7 del Marco Europeo de Cualificaciones siempre que dicho título faculte para el acceso a estudios de doctorado en el país de expedición del mismo. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de doctorado.
- Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros ajenos al EEES, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster universitario y que faculta en el país de expedición del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de doctorado.
- Estar en posesión de otro título de Doctora o Doctor.
- Estar en posesión de un título oficial español, o equivalente, y haber obtenido la Suficiencia Investigadora (al amparo del Real Decreto 185/1985 de 23 de enero).
- Estar en posesión de un título oficial español, o equivalente, y haber obtenido el Diploma de Estudios Avanzados (al amparo del Real Decreto 778/1 998 de 30 de abril).
- Igualmente podrán acceder los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
Admisión
A partir de las preinscripciones presentadas, la Comisión Académica de cada programa de Doctorado aplicará los requisitos específicos y criterios de valoración de méritos establecidos para la admisión en el correspondiente programa.
- Podrán publicarse listados de admitidos a criterio de la Comisión Académica antes de la fecha obligatoria del mes de septiembre.
- La Comisión académica publicará el último listado de admitidos a partir del 18 de septiembre.
La admisión a los Programas de Doctorado podrá incluir la exigencia de complementos de formación específicos.