En el momento de admisión en el programa de Doctorado, a cada doctorando le será asignado por parte de la correspondiente Comisión Académica un Director de tesis que coincidirá, siempre que sea posible con el Tutor.
El Director de Tesis será el máximo responsable de la dirección en la elaboración de la tesis doctoral por el doctorando así como la planificación y adecuación de sus actividades de formación. Podrán dirigir tesis doctorales todos los doctores españoles o extranjeros con experiencia investigadora acreditada.
Las funciones del Director de Tesis son las siguientes:
La Tesis podrá ser codirigida por otros doctores cuando concurran razones de índole académica, como puede ser el caso de la interdisciplinariedad temática o los programas desarrollados en colaboración nacional o internacional.
El Director de una Tesis Doctoral deberá contar con una acreditada experiencia investigadora que podrá acreditarse de alguna de las siguientes formas:
a) Tener reconocido al menos un sexenio de actividad investigadora cuyo periodo evaluado incluya como mínimo uno de los últimos 7 años.
b) Ser o haber sido, en los últimos 5 años, investigador o investigadora principal de un proyecto de investigación financiado mediante convocatoria pública.
c) Ser autor/coautor en los últimos 6 años de al menos 3 artículos científicos publicados en revistas incluidas en el Journal of Citation Reports o de 3 contribuciones relevantes en el campo científico correspondiente, siempre de acuerdo con los criterios de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) o las Agencias de Calidad Universitaria.
d) Ser autor/coautor, en los últimos 6 años, de una patente en explotación.
e) Haber dirigido en los últimos 5 años una Tesis Doctoral que haya dado lugar, al menos, a una publicación en revistas incluidas en el Journal of Citation Reports o alguna contribución relevante en su campo científico.
f) Cualquier otro requisito que por la especificidad del ámbito científico del Programa de Doctorado no corresponda alguno de los anteriores y pueda ser considerado de relevancia investigadora por la Comisión Académica.
Según acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Escuela de Doctorado "con carácter general podrá nombrarse un segundo director de Tesis Doctoral. Excepcionalmente, previa motivación por parte del Director, podrá admitirse por las Comisiones Académicas de los Programas de Doctorado, un tercer codirector de Tesis Doctoral"