Preguntas frecuentes

Doctorado

Información general

  • Estoy interesado en doctorarme en la Universidad de Salamanca ¿cuál es el procedimiento?

    Por favor, consulta la oferta de programas de doctorado y las líneas de investigación de cada programa, y presenta tu preinscripción de acuerdo a las instrucciones de la página web (el plazo suele abrirse en marzo-mayo). Puedes encontrar más información sobre la preinscripción aquí

    Tu solicitud de preinscripción junto con el resto de documentación será evaluada por la Comisión Académica del Programa de Doctorado, que aprobará la admisión o no en el programa. La lista de admitidos será publicada en el apartado correspondienta en cada programa

  • ¿Puedo realizar los estudios de doctorado de forma no presencial?

    Los Programas de Doctorado incluyen aspectos organizados de formación investigadora que no requieren su estructuración en créditos ECTS, comprenden tanto formación transversal como específica y son los siguientes:

    • Seminarios de investigación
    • Reuniones de seguimiento de proyectos, trabajos o resultados de investigación
    • Cursos de formación metodológicos, especializados o prácticos
    • Asistencia a congresos nacionales o internacionales
    • Publicaciones científicas
    • Estancias en otros centros de investigación
    • Actuaciones y criterios de movilidad

    Depende de la Comisión Académica de cada programa el establecer si es necesaria la realización de estas actividades de forma presencial

  • ¿Cual es la duración de los estudios de doctorado?

    En los doctorados regulados por el R.D. 99/2011 se establecen 3 años (más 2 prórrogas de un año cada una) si lo están matriculados a tiempo completo y 5 años (más 2 prórrogas de un año cada una y otra más de 1 año de carácter excepcional) si están a tiempo parcial.

    A los efectos del cómputo del periodo de permanencia en el programa, no se tendrán en cuenta las bajas por enfermedad, embarazo o cualquier otra causa prevista por la normativa vigente

  • Cuál es la normativa vigente de los estudios de Doctorado en España

    La normativa vigente es el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. (Texto consolidado: incorpora la última modificación publicada en BOE el 03/02/2015 y la anterior de fecha 13/07/2013. El texto original fue publicado el 10/02/2011)

  • Necesito una carta de admisión de su Universidad para concurrir a una beca en mi país.

    Si aún no se ha resuelto el proceso de admisión o no se ha abierto el proceso de preinscripción y la necesidad es urgente para algún trámite de beca o visado, deberá contactar con el coordinador del Programa de Doctorado en el que va a realizar o ya ha realizado su preinscripción.

  • Deseo información sobre becas/ayudas al estudio en su Universidad

    Desde la Escuela de Doctorado sólo se realiza la convocatoria anual para alumnos matriculados en programas del RD. 99/2011, referida a publicaciones/congresos. Puede consultar la información en el enlace Convocatorias

    Para otras becas, deberá contactar con la Agencia de Gestión de la Investigación o bien con el Servicio de Relaciones Internacionales

Acceso y admisión

  • ¿Con las titulaciones que tengo puedo acceder al doctorado en su Universidad?

    Acceso

    Para acceder a las enseñanzas oficiales de Doctorado será necesario cumplir alguno de los siguientes requisitos:

    • Estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario, o equivalente, siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas.
    • Estar en posesión de un título universitario oficial español o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60 habrán de ser de nivel de Máster.
    • Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio complementos de formación, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.
    • Ser titulado universitario que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, haya superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
    • Estar en posesión un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la Universidad de que éste acredita la formación equivalente a la del título oficial de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado.
    • Estar en posesión de otro título español de Doctor.
    • Estar en posesión de un título oficial español, o equivalente, y haber obtenido la Suficiencia Investigadora (al amparo del Real Decreto 185/1985 de 23 de enero).
    • Estar en posesión de un título oficial español, o equivalente, y haber obtenido el Diploma de Estudios Avanzados (al amparo del Real Decreto 778/1 998 de 30 de abril).
    • Estar en posesión de un título universitario oficial que haya obtenido la correspondencia al nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, de acuerdo con el procedimiento establecido en el R.D. 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de Educación Superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado

    Para mayor información sobre las vías de acceso puede consultar la siguiente tabla

    Admisión

    A partir de las preinscripciones presentadas, la Comisión Académica de cada programa de Doctorado aplicará los requisitos específicos y criterios de valoración de méritos establecidos para la admisión en el correspondiente programa.

    • Podrán publicarse listados de admitidos a criterio de la Comisión Académica antes de la fecha obligatoria del mes de septiembre.
    • La Comisión académica publicará el último listado de admitidos a partir del 19 de septiembre.

    La admisión a los Programas de Doctorado podrá incluir la exigencia de complementos de formación específicos.

  • ¿Puede un licenciado, ingeniero o arquitecto, acceder a estudios de doctorado sin realizar un Máster?

    Sí, siempre que su título haya obtenido la correspondencia al nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre.

  • Si el acceso al Máster se hizo a través de una Diplomatura o Ingeniería Técnica, y el Máster realizado tiene menos de 120 créditos ECTS ¿se puede acceder al doctorado?

    No, para acceder a un Programa de Doctorado es necesario acreditar la superación de, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de las enseñanzas (R.D. 43/2015, de 2 de febrero por el que se modifica el R.D. 99/2011)

  • ¿Puedo acceder a los Programas de Doctorado regulados por el R.D. 99/2011 si he estado matriculado en doctorados regulados por decretos anteriores?

    Sí, podrán ser admitidos a estos estudios de doctorado, los Licenciados, Arquitectos o Ingenieros que estuvieran en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el R.D. 778/1998, de 30 de abril, o hubieran alcanzado la suficiencia investigadora regulada en el R.D. 185/1985, de 23 de enero, o acrediten haber superado, al menos 300 créditos ECTS o hayan obtenido el nivel 3 del MECES

  • ¿Puedo solicitar la admisión en varios Programas de Doctorado?

    Sí, enviando una solicitud de preinscripción por cada uno de los Programas solicitados.

  • He sido admitido en un programa de doctorado pero al final no me he matriculado en él ¿Puedo matricularme en el curso siguiente sin tener que solicitar la admisión de nuevo?

    No. La solicitud de admisión se realiza para un curso concreto. Si un alumno es admitido, pero no formaliza su matrícula ese año, debe volver a solicitar su admisión si quiere matricularse en otro año.

 

Matrícula y seguimiento del doctorado

  • ¿Cuanto cuesta la matrícula de doctorado?

    El precio de la matrícula de doctorado, así como lo los servicios complementarios, se establece anualmente por la Junta de Castilla y León mediante Decreto, para todas las universidades públicas de la Comunidad.

    Puedes consultar los precios en el enlace Precios Públicos

  • ¿Qué ocurre si no formalizo un año la matrícula?

    Se podrá solicitar la baja temporal en el Programa por un año, ampliable a otro más, por causas justificadas, presentando la solicitud de baja temporal para su aprobación, ante la Comisión Académica del Programa.

    En caso de no tramitar la solicitud de baja temporal y no formalizar matrícula, se perderá la condición de alumno de la Universidad de Salamanca, causando baja en el Programa de Doctorado. En caso de desear solicitar la reactivación de la matrícula o cambiar a otro Programa de Doctorado en años posteriores, se le exigirá el pago de las cantidades pendientes por matrícula

  • ¿Qué es el compromiso de supervisión?

    El compromiso de supervisión es un documento que se firma por el Director de la Escuela de Doctorado, en representación de la Usal, el coordinador del Programa de Doctorado y el doctorando, tras la formalización de la matrícula.

    En él se especifica la relación académica entre el doctorando y la Usal, sus derechos y deberes, incluyendo los posibles derechos de propiedad intelectual derivados de la investigación, así como la aceptación del procedimiento de resolución de conflictos. Se incluyen también los deberes respectivos del tutor del doctorando y de su Director de Tesis

    Este compromiso se incorpora al Documento de Actividades del Doctorando

  • ¿Qué es el Documento de Actividades del Doctorando?

    Las actividades realizadas por el doctorando dentro del Programa de Doctorado quedarán registradas en el Documento de Actividades del Doctorando, que tendrá carácter individualizado para cada doctorando.

    El doctorando tiene acceso al Documento de Actividades a través del Registro de Actividades en la aplicación web donde deberá hacer constar las actividades que realice, dejándolas en Estado "En revisión" para que puedan ser autorizadas y aprobadas por su tutor/director

    El Documento de Actividades del Doctorando incorporará los informes anuales que realicen al respecto su tutor/director de tesis, así como las evaluaciones anuales realizadas por la Comisión Académica

  • ¿Cuando debo presentar mi plan de investigación?

    El Reglamento de Doctorado de la Universidad de Salamanca establece que el Plan de Investigación deberá presentarse antes de la finalización del primer año. Como norma general, deberá ser enviado a la Administración de la Escuela de Doctorado antes del 13 de abril del curso académico, para que pueda ser remitido a las distintas Comisiones Académicas y que procedan a su aprobación.

 

Tesis Doctoral

  • ¿Quién es el tutor/a en el Programa de Doctorado?

    Podrán actuar como Tutores todos los doctores de la Universidad de Salamanca que pertenezcan al Programa de Doctorado (consultar Recursos Humanos dentro de cada Programa), con experiencia investigadora acreditada.

    El Tutor coincidirá, siempre que sea posible, con el Director de la tesis, en cuyo caso el informe anual a emitir sobre el Plan de Investigación y el Documento de Actividades del Doctorando será único, como Tutor y Director

  • ¿Quién puede ser Director/a de Tesis?

    Podrán dirigir tesis doctorales todos los doctores españoles o extranjeros con experiencia investigadora acreditada, autorizado por la Comisión Académica del Programa de Doctorado. En el caso de que no pertenezca al Programa (consultar los Recursos Humanos en cada Programa de Doctorado), deberá tener un tutor dentro del Programa.

  • ¿Puedo cambiar de Director/a o Codirector/a de la Tesis Doctoral?

    Si, siempre que la Comisión Académica lo autorice, por motivos justificados, oídos el doctorando y el Director/a o Codirectores/as

  • Una vez depositada la Tesis ¿puedo modificarla?

    No. El Reglamento de Doctorado de la Universidad de Salamanca, establece en su artículo 17 en el que habla del depósito de la tesis doctoral, que "La tesis doctoral no podrá ser modificada en parte alguna después de efectuada esta solicitud de depósito"

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Doctorate: + 34 923 29 44 00 Ext. 1548
Thesis: +34 923 29 44 00 Ext. 1182
Finance: +34 923 29 44 00 Ext. 3069

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